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NORMATIVA

tarifas – código de medida – resoluciones

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ASC

RESOLUCIONES

CREG 015-2018

Liquidación Consumo Energía Reactiva. Teniendo en cuenta que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) …

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CREG 156-2011

Por lo cual se establece el reglamento de comercialización del servicio público de energía eléctrica …

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CREG 199-2019

Artículo 16. Transporte de energía reactiva. Los OR o los usuarios finales pagarán por el transporte de energía reactiva cuando superen …

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CREG 058-2020

En esta resolución se establecen reglas transitorias relacionadas con el pago del valor de la factura por concepto …

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ASC INGENIERIA SA ESP

COSTOS EFICIENTES

Codigo de medida Resolucion CREG 038 DE 2014

De acuerdo al artículo 44 de la resolución CREG 038 de 2014 acerca de la Divulgación a los usuarios de dicha resolución y como representante de Fronteras Comerciales, ASC INGENIERIA SA ESP informa a sus usuarios los cambios en las reglas para la medición de los consumos y transferencias de energía, así como, las obligaciones, actividades y responsabilidades asignadas a los agentes y usuarios que surgen de la expedición de esta resolución. Además se podrá encontrar la resolución completa en nuestra web. Algunos de los aspectos que se deben tener en cuenta son:


ARTICULO 4 Responsabilidad de los Representantes:

Asegurar que todos los elementos del sistema de medición se especifiquen, instalen, operen y mantengan, acorde con lo establecido en este Código. Asegurar que todos los elementos del sistema de medición cumplan con los requerimientos de exactitud y calibración establecidos en esta resolución. Asegurar que se instalen y mantengan los mecanismos de seguridad informática, física y de protección de los equipos para que estos no sean alterados. Asegurar que los medios de comunicación sean instalados y mantenidos adecuadamente para su correcto funcionamiento, cuando el tipo de frontera así lo requiera. Asegurar el acceso a los equipos y bases de datos para efectos de realizar la interrogación local y remota de acuerdo con los requisitos de este Código y las verificaciones establecidas en esta resolución y en la regulación. El usuario deberá cumplir con los requisitos de la medición establecidos en este Código y en las demás disposiciones creadas por la comisión, así como también deberá permitir el acceso a sus instalaciones, para realizar las actividades mencionadas en este código


ARTICULO 5. Propiedad del sistema de medición.

Corresponde a las partes determinar la propiedad de los elementos del sistema de medición. Estas son libres de adquirir en el mercado el medidor y los demás bienes y servicios, siempre y cuando estos cumplan con las características técnicas exigidas en este Código. ARTICULO 6. Tipos de puntos de medición. Los puntos de medición se clasifican acorde con el consumo o transferencia de energía por la frontera, o, por la capacidad instalada en el punto de conexión, según la siguiente tabla:

Tabla 1. Clasificación de puntos de medición

Tipo de puntos de mediciónConsumo o transferencia de energía, C, [MWh-mes]Capacidad Instalada, CI, [MVA]
1C ≥ 15.000CI ≥ 30
215.000 > C ≥ 50030 > CI ≥ 1
350 > C ≥ 501 > CI ≥ 0,1
450 > C ≥ 50,1 > CI ≥ 0,0
4C < 5CI < 0,01

ARTICULO 8. Requisitos generales de los sistemas de medición.

Los sistemas de medición deben cumplir con las siguientes condiciones:
1. Los sistemas de medición deben ser diseñados y especificados teniendo en cuenta las características técnicas y ambientales de los puntos de conexión y el tipo de frontera comercial en donde se encuentren.
2. Todos los sistemas de medición deben contar con el tipo de conexión acorde con el nivel de tensión y el consumo o transferencia de energía que se va a medir.
3. Los elementos que conformen el sistema de medición deben contar con un certificado de conformidad de producto
4. Los medidores y los transformadores de corriente y tensión deben cumplir con los índices de clase y clase de exactitud establecidos.
5. En los puntos de medición en los que se presenten o se prevean flujos de energía en ambos sentidos se deben instalar medidores bidireccionales para determinar de forma independiente el flujo en cada sentido.
6. Todos los sistemas de medición deben contar con los mecanismos de seguridad física e informática dispuestos en esta resolución.
7. Los sistemas de medición deben registrar y permitir la lectura y transmisión de la información en los términos establecidos esta resolución.
8. El valor registrado por los equipos de medida debe estar expresado en kilovatios-hora para la energía activa y en kilovoltamperio reactivo – hora para la energía reactiva.


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